29/05/2008 | Boletín Nº10 9.377 Artistas |
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En el foco | ||||||||||||
"Hay que tratar al artista como se merece" Somos Producciones Ilusiona2. Una empresa de animación, espectáculos y audiovisuales. Nos contratan particulares, ayuntamientos y empresas de todo tipo. Con unAplauso.com nuestros artistas reciben más peticiones que nunca. |
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Sabías que ... |
¿La cesión de los derechos de autor están incluidos en el caché que cobra el grupo por actuar? No. El caché es el precio que el grupo musical tiene establecido y de hecho percibe por su actuación como intérprete. Sin embargo, los derechos de autor pertenecen a éste con independencia de que tenga o no la condición de intérprete. Por consiguiente, no debe confundirse el derecho de autor con los derechos que corresponden a los intérpretes, siendo ambos independientes, compatibles y acumulables. Además, el derecho de autor es gestionado por una entidad gestión, la SGAE, que recauda los derechos correspondientes a la explotación de las de obras, al margen, por tanto, del caché que el grupo establezca por su actuación musical. Para más información al respecto, Asesoría Jurídica de las Artes te ofrece una consulta gratuita a través de correo (consulta@asesoriajuridicadelasartes.com) en persona o telefónicamente. ¡GRATIS! |
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